Sistema de Prestaciones Básicas

Cobertura prestacional específica para personas con discapacidad

Que derechos específicos tienen las personas con discapacidad en relación a su cobertura de salud?

La salud es el estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedad o dolencia -Organización Mundial de la Salud-

El derecho a la salud es un derecho humano. Las personas con discapacidad tienen derechos específicos en relación a su cobertura de salud nominados en la normativa nacional y en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

El Sistema de Prestaciones Básicas en Habilitación y Rehabilitación Integral de personas con discapacidad –Ley 24.901- prevé acciones de prevención, asistencia, promoción y protección, con el objeto de brindarle a la persona con discapacidad determinada cobertura.

Quien puede ser beneficiario de las Prestaciones Básicas?

Aquellas personas que acrediten la discapacidad mediante el CERTIFICADO UNICO DE DISCAPACIDAD –Ley 22.431, artículo 2, modificatorias y homólogas a nivel provincial-  que requieran tales Prestaciones Básicas.

Las prestaciones que correspondan y que sean inherentes a la discapacidad tienen cobertura integral -100%-

Los medicamentos que sean inherentes a la patología específica, se brindan al 100%.

En el caso de factores de riesgo en el recién nacido deben otorgarse prestaciones preventivas extremando controles y exámenes complementarios.

Los aranceles establecidos para cada módulo incluyen el 100% de la cobertura prevista para cada uno, por lo que el prestador no cobrará adicionales directamente al beneficiario -Resolución 6080/2003, inciso 13, Ministerio de Salud-

Las Prestaciones Básicas que menciona la ley no tienen carácter excluyente sino enunciativo:

Modalidad Ambulatoria: estimulación temprana, educación inicial, educación general básica, apoyo a la integración escolar, prestaciones de apoyo, rehabilitación profesional en dos modalidades: formación laboral y adaptación laboral; centro educativo terapéutico, centro de día, centro de rehabilitación para discapacitados visuales, centro de rehabilitación psicofísica, hospital de día.

Modalidad internación: en rehabilitación, servicios para discapacitados en general sin familia y/o hábitat: pequeño hogar, residencia, hogar.

Cobertura económica, atención domiciliaria, ayudas técnicas, prótesis y ortésis

Atención odontológica integral

Atención psiquiátrica

Transporte

Apoyo psicológico al grupo familiar

Donde se puede averiguar la nómina de Prestadores que cubren las prestaciones enunciadas en todo el país?

El Servicio Nacional de Rehabilitación administra el Registro Nacional de Prestadores de Servicios de atención a favor de las personas con discapacidad –Decreto 762/1997, artículo 4 y Decreto Reglamentario 1193/1998.
http://www.discapacidad.gov.ar/imagenes/Consulta%20Publica.htm

El ingreso de los prestadores al Registro es obligatorio?

Los prestadores no tienen obligación de estar inscriptos en el Registro. La inscripción les permite formar parte del Sistema Único de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad, percibir los aranceles estipulados en el nomenclador nacional vigente

Que medios se pueden utilizar cuando los efectores de salud no cumplen con su obligación?

La legislación es de cumplimiento obligatorio para todas las personas que habitan el territorio de la Nación.

En primera instancia es necesario intimar al efector de salud por medio fehaciente, carta documento. Ante la falta de respuesta o rechazo se debe realizar la denuncia ante la autoridad de contralor del efector.

Si cumplida esa etapa no se obtiene la prestación que correspondiere, se puede iniciar una acción en la justicia. Al iniciar acciones judiciales en forma inmediata se produce el amparo.

Marco Legal

Ley 22.431/1981 – SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/20620/texact.htm

Decreto 762/97 – SISTEMA ÚNICO DE PRESTACIONES BÁSICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Créase el Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/45085/norma.htm

Ley 24.901/1997 –  SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS EN HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Objetivo. Ámbito de aplicación. Población beneficiaria. Prestaciones básicas. Servicios específicos. Sistemas alternativos al grupo familiar. Prestaciones complementarias.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/47677/norma.htm

Decreto 1193/98 – SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS EN HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Apruébese la Reglamentación de la Ley  24.901.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/50000-54999/53566/norma.htm

Resolución 428/99 – MINISTERIO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL. PRESTACIONES MÉDICAS
Aprueba el Nomenclador de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Normativa General. Niveles de atención y tratamiento.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/60000-64999/62835/texact.htm

Resolución 47/2001 – MINISTERIO DE SALUD. SALUD PÚBLICA
Aprueba las Normas de Categorización de Establecimientos y Servicios de Rehabilitación e incorpora las mismas al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/65000-69999/65879/norma.htm

Resolución 22/2003 – SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Vigencia de los certificados emitidos conforme a lo establecido en el artículo 3° de la Ley  22.431 y por leyes provinciales análogas.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/90000-94999/91136/norma.htm

Resolución 16.200/2005 – ADMINISTRACIÓN DE PROGRAMAS ESPECIALES
Programa de Cobertura del Sistema Único de Prestaciones Básicas para Personas con Discapacidad. Modifica los valores establecidos en la Resolución  6080/2003.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/110000-114999/112773/texact.htm

Resolución 1328/2006 – MINISTERIO DE SALUD. SALUD PÚBLICA
Modificación del Marco Básico de Organización y Funcionamiento de Prestaciones y Establecimientos de Atención a Personas con Discapacidad, el que será incorporado al Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/115000-119999/119601/norma.htm

Resolución 100/2007SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Aprueba las Normas Marco de Procedimiento de Categorización de Prestadores de Servicios de Atención a Personas con Discapacidad, el formulario de inicio de trámite y control de documentación y las normas que regirán el procedimiento para el otorgamiento de cupos a las instituciones que soliciten categorización de servicios en el marco de la Ley  24.901.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/125000-129999/129086/norma.htm

Resolución 72/2008COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS DISCAPACITADAS. SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Modificación del Instructivo del Anexo I de la Resolución Nº 100/2007 del Directorio de Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a Favor de las Personas con Discapacidad.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/142820/norma.htm

Ley 26.480/09 – SISTEMA DE PRESTACIONES BÁSICAS PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD
Incorpora el inciso d) al artículo 39 de la Ley  24.901. (Asistente Domiciliario)
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/150000-154999/151986/norma.htm

Resolución Nº 33/2011 – PRESIDENCIA DE LA NACIÓN. CONSEJO NACIONAL DE COORDINACIÓN DE POLÍTICAS SOCIALES. COMISIÓN NACIONAL ASESORA PARA LA INTEGRACIÓN DE PERSONAS DISCAPACITADAS. DIRECTORIO DEL SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS DE ATENCIÓN INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS DE DISCAPACIDAD
Invita a las instituciones prestadoras de servicios que fueran incluidas en el registro a partir de evaluaciones realizadas por el INSSJP y que no cuenten con la categorización del SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACION o las Juntas Provinciales respectivas.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/180000-184999/182388/norma.htm

Resolución 2032/2011 – MINISTERIO DE SALUD. ARANCELES
Actualización de los aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral a favor de las Personas con Discapacidad. Modifica la Resolución  1534/11.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/190000-194999/190765/norma.htm

 

Links

MINISTERIO DE SALUD  DE LA NACIÓN
http://www.msal.gov.ar/

Organismos Descentralizados

– SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
http://www.snr.gov.ar/

– SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
http://www.sssalud.gov.ar/index/home.php

– ADMINISTRACION NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
http://www.anmat.gov.ar/principal.asp

– INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS. PAMI
http://www.pami.org.ar/