Cultura

Marco Legal

Cultural

Resolución 1656/1997 – SECRETARÍA DE CULTURA
Créase en el ámbito de la UNIDAD SECRETARIO de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el PROGRAMA PARA LA INTEGRACION DE PERSONAS CON DISCAPACIDAD, denominado INTEGRANDONOS POR LA CULTURA, cuyo objetivo y acciones se detallan en el Anexo I a la presente
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/47691/norma.htm

Resolución 1700/1997 – SECRETARÍA DE CULTURA
Exceptúa a personas con discapacidad del pago de cualquier derecho de admisión en todos los conciertos, muestras, obras teatrales, exposiciones y cualquier otra actividad de la Secretaría de Cultura de la Presidencia de la Nación y sus organismos dependientes.

Bonificar al acompañante de la persona discapacitada en un cincuenta por ciento (50%) del importe de la entrada, localidad o de cualquier otro concepto considerado como admisión paga.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/47692/norma.htm

Disposición 1168/1997 –  INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES VISUALES – INCAA
Subtitulado en idioma nacional de las películas nacionales de largometraje a los fines de posibilitar que las personas con discapacidad auditiva sean espectadoras de las mismas.
http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?f=20000627&s=01&pd=14&ph=15

Resolución 1206/1997 – INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES VISUALES – INCAA
Se aclara que lo dispuesto en el artículo 1 de la disposición 1168/97 (INCAA) deberá cumplirse con una copia como mínimo  de la película de que se trate.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/45128/norma.htm

Resolución 402/1999 – INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES VISUALES – INCAA
Norma relativa al cumplimiento de la obligación de subtitular, como mínimo en una copia, las películas nacionales de largometraje, a fin de posibilitar que las personas con discapacidad auditiva sean espectadoras de las mismas.
http://www.boletinoficial.gov.ar/DisplayPdf.aspx?f=19990610&s=01&pd=10&ph=10

Resolución N° 3104/2003 – INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Dispónese que toda película de producción argentina editada en video deberá ser subtitulada en idioma nacional
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/85000-89999/89927/norma.htm

Ley 26.378/2008Aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 13 de diciembre de 2006.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141317/norma.htm

 

¿QUÉ DICE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD?

Artículo 30 – Participación en la vida cultural, las actividades recreativas,  el esparcimiento y el deporte

1. Los Estados Partes reconocen el derecho de las personas con discapacidad a participar, en igualdad de condiciones con las demás, en la vida cultural y adoptarán todas las medidas pertinentes para asegurar que las personas con discapacidad:

a) Tengan acceso a material cultural en formatos accesibles;

b) Tengan acceso a programas de televisión, películas, teatro y otras actividades culturales en formatos accesibles;

c) Tengan acceso a lugares en donde se ofrezcan representaciones o servicios culturales tales como teatros, museos, cines, bibliotecas y servicios turísticos y, en la medida de lo posible, tengan acceso a monumentos y lugares de importancia cultural nacional.

2. Los Estados Partes adoptarán las medidas pertinentes para que las personas con discapacidad puedan desarrollar y utilizar su potencial creativo, artístico e intelectual, no sólo en su propio beneficio sino también para el enriquecimiento de la sociedad.

3. Los Estados Partes tomarán todas las medidas pertinentes, de conformidad con el derecho internacional, a fin de asegurar que las leyes de protección de los derechos de propiedad intelectual no constituyan una barrera excesiva o discriminatoria para el acceso de las personas con discapacidad a materiales culturales. 

4. Las personas con discapacidad tendrán derecho, en igualdad de condiciones con las demás, al reconocimiento y el apoyo de su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la lengua de señas y la cultura de los sordos.

http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

Ley 3546/2010 – Ciudad Autónoma de la Ciudad de Buenos Aires
Acceso gratuito a espectáculos públicos
http://www.cedom.gov.ar/es/legislacion/normas/leyes/ley3546.html

 

Links

Secretaria de Cultura
http://www.cultura.gov.ar/home/

INCAA – Instituto Nacional del Cine y Artes Audiovisuales
http://www.incaa.gov.ar

Cine para todos
http://www.incaa.gov.ar/castellano/home/ciclos.php

Enlaces de Interés | Webgrafía

Musicoterapia versus parálisis cerebral infantil
http://www.salud180.com/maternidad-e-infancia/bebe-y-preescolar/estimulo-y-juego/musicoterapia-vs-paralisis-cerebral-infantil

Arteterapia, Parálisis Cerebral y Resiliencia
http://sid.usal.es/articulos/discapacidad/13337/8-2-6/arteterapia-paralisis-cerebral-y-resiliencia.aspx