Jubilaciones

Marco Legal

Ley 18.038/1969 – NUEVO REGIMEN DE JUBILACIONES Y PENSIONES PARA LOS TRABAJADORES AUTÓNOMOS
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/30000-34999/31924/norma.htm

Ley 20.475/1973 – PREVISIÓN SOCIAL. RÉGIMEN ESPECIAL PARA MINUSVÁLIDOS
Se otorga a aquellas personas cuya invalidez física o intelectual, certificada por autoridad sanitaria oficial, produzca en la capacidad laborativa una disminución mayor del 33%. Los minusválidos, afiliados al régimen nacional de previsión, tendrán derecho a la jubilación ordinaria con 20 años de servicio y 45 años de edad, cuando se hayan desempeñado en relación de dependencia, o 50 años, como trabajador autónomo, siempre que acrediten, fehacientemente, que durante los 10 años inmediatamente anteriores al cese o a la solicitud de beneficio, prestaron servicios en el estado de disminución física prevista en el art. 1º
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/40000-44999/42429/norma.htm

Ley 22.431/1981 – SISTEMA DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS DISCAPACITADOS
Artículo 25 – Substituyese en el texto de la ley 20.475 la expresión «minusválidos» por «discapacitados».

Aclarase la citada ley 20.475, en el sentido de que a partir de la vigencia de la ley 21.451 no es aplicable el artículo 5° de aquélla, sino lo establecido en el artículo 49, punto 2 de la ley 18.037 (t.o, I976).
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/20000-24999/20620/texact.htm

Ley 20.888/1974 – PREVISIÓN SOCIAL BENEFICIOS PREVISIONALES PARA CIERTOS DISCAPACITADOS.
Régimen especial de jubilación para personas con Ceguera adquirida o congénita.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/105000-109999/109620/norma.htm

Ley 24.241/1993 – SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Creación. Ámbito de aplicación. Disposiciones complementarias y transitorias. Consejo Nacional de Previsión Social. Creación y Misión. Compañías de Seguros. Prestaciones No Contributivas. Normas sobre el Financiamiento.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/639/texact.htm

Ley 24.347/1994 – SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES
Modificación de la Ley  24.241
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/0-4999/729/norma.htm

Resolución 426/1998 – SISTEMA INTEGRADO DE JUBILACIONES Y PENSIONES. MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Suspéndase la aplicación de las extinciones en los beneficios de pensiones, para aquellas personas con discapacidad acreditada por el régimen de la Ley  22.431, que se inserten laboralmente, en la medida que dichas actividades refinan ciertas características. Crease el «Registro Nacional de Empleadores de Personas con Discapacidad».
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/50000-54999/51924/norma.htm

Links

ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL – ANSES –
http://www.anses.gob.ar/