Habilitación y Rehabilitación

Marco Legal

¿Qué dice la ley 24.901/1997 –  SISTEMA DE PRESTACIONES BASICAS EN HABILITACION Y REHABILITACION INTEGRAL A FAVOR DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD?
Objetivo. Ámbito de aplicación. Población beneficiaria. Prestaciones básicas. Servicios específicos. Sistemas alternativos al grupo familiar. Prestaciones complementarias.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/47677/norma.htm

 

CAPÍTULO IV. PRESTACIONES BÁSICAS

Artículo 15 — PRESTACIONES DE REHABILITACIÓN. Se entiende por prestaciones de rehabilitación aquellas que mediante el desarrollo de un proceso continuo y coordinado de metodologías y técnicas específicas, instrumentado por un equipo multidisciplinario, tienen por objeto la adquisición y/o restauración de aptitudes e intereses para que un persona con discapacidad, alcance el nivel psicofísico y social más adecuado para lograr su integración social; a través de la recuperación de todas o la mayor parte posible de las capacidades motoras, sensoriales, mentales y/o viscerales, alteradas total o parcialmente por una o más afecciones, sean estas de origen congénito o adquirido (traumáticas, neurológicas, reumáticas, infecciosas, mixtas o de otra índole), utilizando para ello todos los recursos humanos y técnicos necesarios.

En todos los casos se deberá brindar cobertura integral en rehabilitación, cualquiera fuere el tipo y grado de discapacidad, con los recursos humanos, metodologías y técnicas que fuere menester, y por el tiempo y las etapas que cada caso requiera.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/45000-49999/47677/norma.htm

 

Ley 26.378/2008Aprueba la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su protocolo facultativo, aprobados mediante resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas del 13 de diciembre de 2006.
http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/140000-144999/141317/norma.htm

 

¿QUÉ DICE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD?

Artículo 26 HABILITACIÓN Y REHABILITACIÓN

1. Los Estados Partes adoptarán medidas efectivas y pertinentes, incluso mediante el apoyo de personas que se hallen en las mismas circunstancias, para que las personas con discapacidad puedan lograr y mantener la máxima independencia, capacidad física, mental, social y vocacional, y la inclusión y participación plena en todos los aspectos de la vida. A tal fin, los Estados Partes organizarán, intensificarán y ampliarán servicios y programas generales de habilitación y rehabilitación, en particular en los ámbitos de la salud, el empleo, la educación y los servicios sociales, de forma que esos servicios y programas:

a) Comiencen en la etapa más temprana posible y se basen en una evaluación multidisciplinar de las necesidades y capacidades de la persona;

b) Apoyen la participación e inclusión en la comunidad y en todos los aspectos de la sociedad, sean voluntarios y estén a disposición de las personas con discapacidad lo más cerca posible de su propia comunidad, incluso en las zonas rurales.

2. Los Estados Partes promoverán el desarrollo de formación inicial y continua para los profesionales y el personal que trabajen en los servicios de habilitación y rehabilitación.

3. Los Estados Partes promoverán la disponibilidad, el conocimiento y el uso de tecnologías de apoyo y dispositivos destinados a las personas con discapacidad, a efectos de habilitación y rehabilitación

http://www.un.org/esa/socdev/enable/documents/tccconvs.pdf

 

Links

ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD
http://www.who.int

Discapacidad
http://search.who.int/search?q=DISCAPACIDAD&ie=utf8&site=default_collection&client=_es&proxystylesheet=_es&output=xml_no_dtd&oe=utf8

ORGANIZACIÓN PANAMERICANA DE LA SALUD
http:// www.paho.org

MINISTERIO DE SALUD  DE LA NACIÓN
http://www.msal.gov.ar/

Organismos Descentralizados

– SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
http://www.sssalud.gov.ar/index/home.php

– SERVICIO NACIONAL DE REHABILITACIÓN
http://www.snr.gov.ar/

– ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
http://www.anmat.gov.ar/principal.asp

 

Enlaces de Interés | Webgrafías

Tecnología y Parálisis Cerebral. Enfoque habilitador. Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud – C.I.F. –
http://www.aspace.org/aspacenet/index.php/main-menu/informacion-basica/itemlist/tag/cif

Rehabilitación del niño con parálisis cerebral de tipo extrapiramidal
https://www.eae-publishing.com/catalog/details//store/es/book/978-3-659-01259-4/rehabilitaci%C3%B3n-del-ni%C3%B1o-con-par%C3%A1lisis-cerebral-de-tipo-extrapiramidal

La terapia ocupacional como alternativa terapéutica psicomotriz de niños con parálisis cerebral
http://www.efdeportes.com/efd145/terapeutica-psicomotriz-de-ninos-con-paralisis-cerebral.htm

Aplicación de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud – C.I.F.- para Elaborar un perfil de necesidades de apoyo a una persona con Parálisis cerebral
http://sid.usal.es/idocs/F8/ART6726/experiencias2.pdf

Calidad de vida y necesidades percibidas en niños y adolescentes con parálisis cerebral
http://www.federacionaspacecyl.org/publicaciones/publicacion_inico.pdf

Calidad de Vida y necesidades percibidas en niños con parálisis cerebral: Análisis de los factores ambientales como prevención de la dependencia y promoción de la autonomía personal
http://inico.usal.es/publicaciones/integra/33monografico.asp